Régimen fiscal especial

Todo sobre la Ley Beckham

Ley Beckham, régimen especial de impatriados o régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español en la Ley del IRPF, son el mismo régimen fiscal especial que ofrece beneficios tributarios a quienes trasladan su residencia a España por razón de un trabajo, permitiéndoles pagar una tarifa impositiva fija del 24% que aplica únicamente sobre los ingresos que obtienen en España, en lugar de un impuesto progresivo sobre los ingresos obtenidos en todo el mundo el cual oscila entre el 19% y 45%.

Cualquier persona que supere una estadía en España de más de 6 meses al año se convierte en residente fiscal, y por consiguiente tiene la obligación de tributar. El porcentaje se paga en función de los ingresos y es lo que se conoce como el carácter progresivo, aumentando el porcentaje a tributar a medida que los ingresos también lo hacen. Esta progresividad va desde el 19% hasta un 45% cuando el obligado tributario percibe más de 60.000 euros al año.

Ahora bien, ese porcentaje progresivo se obtiene con base a los ingresos percibidos tanto en España, como en cualquier otro país del mundo, siendo precisamente en estos aspectos donde la ley Beckham marca los beneficios fiscales, dado que no importa si la persona pasa más de 6 meses en el país, lo que beneficiaría en pagar impuestos bajo unas reglas de tributación muy similares a las de las personas no residentes, es decir; únicamente se pagará impuestos sobre los ingresos obtenidos en España, y en lugar de pagar impuestos de tipo progresivo, la persona paga un tipo fijo del 24% hasta una cantidad de ingresos anuales que no supere los 600.000 euros.

Las ganancias de capital tales como dividendos, venta de acciones, intereses y otros, tampoco quedan exentas pues junto con los ingresos por la venta de bienes inmuebles o muebles, serán gravados a un tipo variable que va del 19% al 26% según sea su monto. Las ganancias de capital obtenidas fuera de España se tendrán que pagar en el país donde se lleve a cabo la transacción bajo su normativa fiscal.

Requisitos de la Ley Beckham

La solicitud para acogerse a la Ley Beckham debe presentarse dentro de 6 los meses a partir de la fecha en la que la persona se inscribe en la Seguridad Social como trabajador. Se debe informar a la Agencia Tributaria española cumplimentando el modelo 149 del régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, adjuntando también el pasaporte y NIE, número de la seguridad social y el contrato de trabajo con la empresa española. Si desea ampliar esta información puede visitar este post anterior con información más general del Régimen Especial de Impatriados o también puede solicitar una cita con nuestros abogados expertos en derecho fiscal de Marbella.

Nuestro despacho de abogados en Marbella Mercury Abogados brinda los mejores asesores fiscales en la costa del sol, especializados y dispuestos a ayudar con la elaboración y presentación de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de impatriados, como de las consecuentes declaraciones anuales o la presentación de cualquier obligación tributaria con la Hacienda Española.

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Régimen especial impatriados art. 93 Ley IRPF

Todo sobre la Ley Beckham, Régimen especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español. Comunicación de la opción, renuncia, exclusión y fin del desplazamiento. Modelo 149 IRPF.