El procedimiento abreviado en España
EL ESCRITO DE DEFENSA
Nuestros abogados expertos en derecho penal en Marbella defienden a sus clientes ante los tribunales en un procedimiento abreviado mediante escrito de defensa o de acusación, según corresponda.
En el blog anterior sobre el procedimiento abreviado, hicimos un breve resumen de la primera fase del procedimiento (Diligencias previas), y del escrito de acusación, a continuación, explicaremos el contenido del escrito de defensa en el procedimiento abreviado, viene regulado dentro de la fase del juicio oral, en los artículos 780 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento Criminal española.
Así pues, una vez concluida la primera fase del procedimiento se procede con la apertura del juicio oral, el ministerio fiscal y las acusaciones personadas presentarán sus escritos de acusación y la parte o partes acusadas presentarán los correspondientes escritos de defensa.
Una vez abierto el juicio oral, el secretario judicial emplazará al encausado, para que en el plazo de tres días comparezca en la causa con Abogado que le defienda y Procurador que le represente. En el supuesto de que no designase a ninguno de los dos, se le asignarán de oficio.
Cumplido ese trámite, el secretario judicial dará traslado de las actuaciones a los designados como acusados y terceros responsables en los escritos de acusación, para que en plazo de diez días presenten escrito de defensa frente a las acusaciones recibidas.
Hay que tener presente que, si la defensa no presentare escrito de oposición en el plazo señalado, se entenderá que se opone a las acusaciones y seguirá su curso el procedimiento.
CONTENIDO DEL ESCRITO DE DEFENSA
A. Se podrá solicitar del órgano judicial que recabe la remisión de documentos o cite a peritos o testigos,
a los efectos de la práctica de la correspondiente prueba en las sesiones del juicio oral o, en su caso, de la práctica de prueba anticipada.
B. Podrá manifestar su conformidad con la acusación (deberá ir firmado también por el acusado).
Si no fuese posible localizar a los acusados, no hubieren hecho la designación de domicilio y si la pena solicitada excediera de dos años de privación de libertad o, si fuera de distinta naturaleza, cuando su duración no exceda de seis años, entonces el Juez mandará expedir requisitoria para su llamamiento y busca, declarándolos rebeldes, si no comparecieran o no fueren hallados, es decir se pondrá a los acusados en lo que se conoce en el lenguaje coloquial “en búsqueda y captura”.
En cuanto las actuaciones estén a disposición del Juez o Tribunal, examinarán las pruebas propuestas y dictarán auto admitiendo las que consideren pertinentes y rechazaran las demás, y establecerán lo necesario para la práctica de la prueba anticipada.
Nuestros abogados de habla inglesa en Marbella le representan y defienden en un juicio penal
No dude en ponerse en contacto con nuestro Despacho de Abogados en Marbella si desea que nuestros abogados le representen en un procedimiento abreviado, tanto si es denunciante como denunciado nuestro equipo de abogados expertos en derecho penal en Marbella estará encantado de defender sus intereses.
Autor: Cecilio Sánchez, Abogado en Marbella
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