Alquilar una vivienda y dejar de pagar a los pocos meses puede ser considerado un delito de estafa
Celebrar un contrato de arrendamiento pagando únicamente la fianza y el primer o segundo mes, podría considerarse un delito de estafa del artículo 248 del Código Penal si existe intención premeditada de no cumplir con la obligación del pago de la renta mensual, constituyéndose un engaño bastante y calculado para obtener el uso de una vivienda sin pagar
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