Vicios del consentimiento contractual

Todos recordaremos que en plena crisis del COVID-19 el Gobierno español lanzó líneas de financiación respaldadas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), buscando apoyar a empresas y autónomos en ese difícil momento. Estos préstamos fueron presentados con la ventaja de estar avalados en gran medida por el Estado, cubriendo hasta el 80% del importe del préstamo en caso de que el titular no pudiera hacer frente a los pagos, pero terminaron generando vicios del consentimiento en una mayoría de casos.

Error excusable en el consentimiento

Al inicio de la concesión de los préstamos ICO-Covid, los bancos aseguraron a los clientes que el Estado respaldaría el 80% en caso de incumplimiento, quedando por tanto el cliente responsable del 20% restante. No obstante, muchos autónomos y empresas que no pudieron cumplir con los pagos acordados y se vieron requeridos a pagar el 100% del aval, por parte de las entidades financieras.

Una vez servido el litigio en los juzgados, son numerosas ya las sentencias que declaran que los fiadores no están obligados a responder por el 80% de la deuda de prestamos ICO-Covid, es decir: los bancos solo pueden reclamar a los fiadores el 20% restante del préstamo que no está cubierto por el aval del ICO, en virtud de que tanto las cláusulas, como la publicidad de los créditos ICO-Covid hizo entender a los solicitantes que el Estado asumiría el 80% del aval, y no el 20%, situación que generó un error excusable en el consentimiento de los solicitantes, lo cual ha llevado a los jueces a apreciar un vicio en el consentimiento en los Préstamos ICO.

Así las cosas, se trata de un error de vicio el cual produjo una convicción errónea de aquello que se estaba contratando, en la medida en que todo contratante entendió que sólo asumía el 20% de la deuda en caso de impago, al tratarse de un préstamo ICO avalado por el Estado y ofrecido así en el estado de emergencia decretado a causa la pandemia.

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Resolución Juzgado de Primera Instancia Nº 29 de Barcelona, Sentencia 236/2023

Resolución Juzgado de 1ª Instancia Nº 2 de A Estrada, Pontevedra, Sentencia 41/2024