El procedimiento abreviado en España

LAS DILIGENCIAS PREVIAS

Nuestros abogados expertos en derecho penal en Marbella defienden a sus clientes ante los tribunales en un procedimiento abreviado en España.

El procedimiento abreviado, es un tipo de procedimiento penal, que viene regulado dentro del Título II, del libro IV de la ley de Enjuiciamiento Criminal Española. Dicha Ley regula los procedimientos especiales, concretamente viene regulado en los artículos 757 y siguientes de la citada ley.

Este procedimiento se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena no superior a nueve años de prisión, o bien otras penas de distinta naturaleza, cualquiera que sea su cuantía o duración.

En este tipo de procesos será necesaria la asistencia de abogado, no siendo necesaria la intervención de procurador hasta el inicio del juicio oral.

Cuando los encausados o testigos no hablen o no entiendan el idioma español, se designará un intérprete, sin que sea necesario que el intérprete designado tenga título oficial.

NUESTROS ABOGADOS DE HABLA INGLESA EN MARBELLA LE REPRESENTAN Y DEFIENDEN EN UN JUICIO PENAL

El proceso se inicia con la fase conocida como diligencias previas. En esta fase se intenta averiguar y determinar si de los hechos sucedidos se ha producido un delito. Del mismo modo, se determinará quienes han sido los autores (Cómplices, participes, colaboradores, etc.) y el juez o Tribunal que los juzgará.

En la primera comparecencia el Juez informará al investigado, en la forma más comprensible, de los hechos que se le imputan. Previamente, el Secretario judicial le informará de sus derechos, y le pedirá que designe un domicilio en España en el que se harán las notificaciones, o una persona que las reciba en su nombre. Advirtiéndole también de que la citación realizada en el domicilio que designe o a la persona designada permitirá la celebración del juicio en su ausencia, a solicitud del Ministerio Fiscal o de la parte acusadora, y oída la defensa, estima que existen elementos suficientes para el enjuiciamiento, cuando la pena solicitada no exceda de dos años de prisión o, si la pena fuera de distinta naturaleza, cuando su duración no exceda de seis años.

Tanto antes como después de prestar declaración se le permite al investigado entrevistarse reservadamente con su Abogado.

Autor: Cecilio Sánchez, Abogado en Marbella

No dude en ponerse en contacto con nuestro Despacho de Abogados en Marbella si desea que nuestros abogados le representen en un procedimiento abreviado en España. Tanto si es denunciante como denunciado nuestro equipo de abogados expertos en derecho penal en Marbella estará encantado de defender sus intereses.

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