Comunidades de vecinos y pisos turísticos
Las comunidades de vecinos en España podrán permitir o no los pisos de alquiler vacacional en sus inmuebles. A partir del 3 de abril de 2025 entrará en vigor una Nueva regulación arrendamientos turísticos bajo la reforma a la Ley de Propiedad Horizontal que busca equilibrar los intereses de propietarios, inquilinos y turistas, mediante la regulación del alquiler de pisos vacacionales que tantas tensiones ha ocasionado en muchos zonas del país, y de la costa del sol principalmente dada su importancia como destino turístico. Las principales modificaciones previstas son las siguientes:
Consentimiento de vecinos para explotar pisos turísticos
Una vez entradas en vigor las modificaciones para poder registrar viviendas en el Registro de Alquiler Turístico, será necesario solicitarlo en Junta de Propietarios y obtener su aprobación. De lo contrario, no podrán registrar su vivienda para alquiler turístico, solo pudiendo ejercer la actividad aquellas viviendas que estuvieran registradas antes de la entrada en vigor de la modificación de la ley.
Es muy aconsejable registrar la vivienda para la actividad de alquiler turístico previo a la entrada en vigor de la nueva ley, y para ello podemos asesorarle a gestionar su alta en el Registro de Alquileres Turísticos y los demás pasos a seguir. Es importante tener en cuenta que una vivienda que disponga de licencia turística puede incrementar su valor comercial considerando el futuro cambio en la ley.
Si necesita asistencia en la tramitación del alta en el Registro de Alquileres Turísticos, póngase en contacto con nuestro departamento de alquileres para viviendas turísticas en Marbella.
Teléfono: +34 951 052 811
Whatsapp: +34 643 89 04 96
Ley Orgánica 1/2025 y la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal
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