Declaración Anual del IVA con terceros

MODELO 347

CUANDO, CÓMO Y QUIÉN DEBE PRESENTARLO

La Declaración Anual de IVA, Modelo 347 de la AEAT, es la declaración anual de operaciones con terceras personas que presentan personas físicas y jurídicas.

Se trata de un modelo informativo ante la AEAT que aplica a todas las personas físicas y jurídicas, que en el desarrollo de actividades empresariales o profesionales superen un volumen anual de facturación. Unos de los motivos fundamentales es que la AEAT pueda llevar a cabo el cruce de datos y comprobar la correlación entre operaciones declaradas y los sujetos anteriormente descritos.

¿QUIÉN HA DE PRESENTARLO?

Este modelo de IVA ha de ser presentado por cualquier persona física o jurídica que haya superado los 3.005,06 euros de facturación con cualquier proveedor o cliente. En cálculo de dicho importe correspondería al año natural.

Ejemplo: si en noviembre 2021 hemos facturado 2.500€; pero en enero de 2022 facturamos 1.000€.

El año 2021 estaría exento de esta presentación.

El año 2022 quedaría pendiente de conocer la facturación total anual.

¿CÓMO HA DE SER PRESENTADO?

La presentación de esta declaración informativa a la AEAT se realizaría cumplimentando el modelo 347.

Antes de la cumplimentación del modelo 347, se recomienda enviar una carta a nuestro cliente o proveedor con el cual hemos tenido un volumen superior a 3.005,06 euros, para asegurarnos que estamos declarando las mismas cifras y en el periodo correcto.

En caso de diferencia en cifras, se ha de tener en cuenta siempre la fecha de emisión de la factura, para su correcta imputación temporal.

A la hora de cumplimentar el modelo, hemos de tener en cuenta cuales son las operaciones cuyas facturas estarían sujetas:

Entregas y adquisiciones de bienes y servicios.

Operaciones inmobiliarias.

Subvenciones y ayudas no reembolsables.

Operaciones de entidades aseguradoras.

Anticipos de clientes y proveedores.

Arrendamientos no sujetos a retención.

¿CUÁNDO HA DE SER PRESENTADO?

El plazo de presentación iría del 1 de febrero al 28 de febrero de 2022.

El modelo ha de ser presentado en la sede electrónica de la AEAT, mediante firma electrónica, certificado digital o clave PIN.

No obstante, es muy aconsejable confiar en el servicio de expertos fiscales para la presentación de este modelo y cualquier otra obligación tributaria derivada del mismo.

Ya que, sin ir más lejos, la sanción derivada de la no presentación podría ir desde un mínimo de 300 euros a un máximo de 20.000 euros. El cálculo es a razón de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referido a una persona o entidad de acuerdo con los artículos 93 y 94 de la LGT.

No dude en ponerse en contacto con nuestro despacho de abogados en Marbella si tiene alguna consulta sobre el cálculo de la Declaración Anual de IVA, modelo 347. Asimismo, al momento de adquirir una propiedad, nuestro equipo de expertos abogados en Marbella estará encantado de asesorarlo. Llevará a cabo todas las gestiones y procedimientos para asistirle en su compra/venta.