Delito de Sedición y Rebelión

Seguro que en los últimos días no ha parado de escuchar noticias sobre los delitos de sedición y rebelión, pero ¿qué son realmente? ¿Qué ha pasado con ellos? Pues en el post de hoy vamos a hablar y a explicar que son estos delitos y porque se ha formado tanto revuelo.

El delito de sedición es un delito que consiste en no permitir la aplicación de las leyes o dificultar las tareas de cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, impidiendo así que realicen su trabajo. Este delito se encuentra regulado en el artículo 544 del Código Penal.

Las penas que se pueden imponer por este delito viene recogida en el artículo 545 del dicho texto legal, y establece:

1. Los que hubieren inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores, serán castigados con la pena de prisión de ocho a diez años, y con la de diez a quince años, si fueran personas constituidas en autoridad. En ambos casos se impondrá, además, la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.

2. Fuera de estos casos, se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años.”

Por lo tanto, el delito está penado con una pena que va entre cuatro y ocho años de prisión, que puede elevarse a una pena entre ocho a diez años si se trata de los líderes de la sedición y de entre 10 y 15 años si quien se alza es una autoridad, que quedará también inhabilitada.

Pues bien, en España se ha modificado el Código Penal para eliminar el delito de sedición, reforma que entró en vigor el día 12 de enero de 2023, por lo tanto, ya no encontramos regulación acerca de este delito.

Sin embargo, sigue en vigor el delito de rebelión, que, aunque creamos que son iguales son distintos y existen matices entre ellos. El delito de rebelión se encuentra regulado en el artículo 472 del Código Penal, y consiste en “alzarse públicamente y violentamente para obtener, por vía de hecho alguno de los objetivos que se establecen en el propio artículo”.

En conclusión, la diferencia que existe entre estos delitos es que el delito de sedición es impedir que la autoridad o funcionario público realice su trabajo, mientras que el delito de rebelión es crear un ambiente de crispación para evitar que alguien consiga sus objetivos mediante la violencia o la intimidación.

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