Cuota tributaria en las transmisiones patrimoniales onerosas

En la presente entrada nuestro despacho de abogados en Marbella analiza la cuota tributaria del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados o ITP y AJD. La definiremos como la cantidad que debe ingresar/pagar el sujeto pasivo por la realización del hecho imponible del impuesto.

La cuota tributaria se obtiene aplicando a la base imponible los siguientes tipos de gravamen:

El sujeto pasivo del impuesto, es decir la persona que debe pagar dicho tributo, es:

En las transmisiones patrimoniales onerosas:

A. Transmisión de inmuebles:

Como normal general cuando se produce la transmisión de un bien inmueble, o se produce la constitución o cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos, eso si excluiremos en este supuesto los derechos reales de garantía, la cuota tributaría se obtendrá aplicando sobre la base liquidable el tipo que resulte de la siguiente tarifa:

Base Liquidable hasta eurosCuota íntegra eurosResto Base Liquidable eurosTipo aplicable
0,000,00400.000,008,00%
400.000,0132.000,00300.000,009,00%
700.000,0159.000,00En adelante10,00%

En el supuesto de que se transmita una plaza de garaje, teniendo en cuenta que se excluyen en este supuesto los garajes que están anejos a la vivienda, con un máximo de dos.

La cuota tributaría se obtendrá aplicando sobre la base liquidable el tipo que resulte de la siguiente tarifa:

Base Liquidable hasta eurosCuota íntegra eurosResto Base Liquidable eurosTipo aplicable
0,000,0030.000,008,00%
30.000,012.400,0020.000,009,00%
50.000,014.200,00En adelante10,00%

B. Transmisión de bienes muebles y semovientes, así como la constitución de derechos reales sobre los mismos excluyendo los derechos de garantía.

En primer lugar, hay que aclarar que por bienes semovientes entendemos bienes que consisten en ganados de cualquier especie.

Por otro lado, por derecho real entendemos aquel tipo de derecho que posee un individuo en relación con algo en particular.

La cuota tributaría se obtendrá aplicando sobre la base liquidable el tipo que resulte de la siguiente tarifa:

Se aplicará un tipo de gravamen del 4 %, con carácter general

Se aplicará un tipo de gravamen del 8%, en la transmisión de embarcaciones de más de 8 metros de eslora, vehículos de más de 15 caballos de potencia fiscal y objetos de arte y antigüedades.

C. Se aplicará un tipo de gravamen del 3,5 % en la transmisión de inmuebles cuyo valor real no supere 130.000 euros.

Tendrá lugar este supuesto cuando el valor real de la vivienda no supere los 130.000€ y se destinen a vivienda habitual del adquirente, siempre y cuando éste sea menor de 35 años.

Del mismo modo, se aplicará un tipo de gravamen del 3,5% en la transmisión de bienes inmuebles cuando la cantidad no supere los 180.000 euros, cuando se destine a vivienda habitual del adquirente y éste tenga la consideración de persona con discapacidad con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33%.

D. Se aplicará un tipo de gravamen del 2 %

En este caso, para la adquisición de vivienda para su reventa por una persona física o jurídica que ejerza una actividad empresarial a la que sean aplicables las normas de adaptación del Plan General del Sector Inmobiliario.

Para mas información sobre este punto consulte a nuestros abogados expertos en impuestos.

E. Se aplicará un tipo de gravamen del 1 %, si se trata de la constitución de derecho reales de garantía, pensiones, fianzas, préstamos y la cesión de créditos.

F. Para el caso de arrendamientos, tendremos que remitirnos a la escala de gravamen fijada en la Ley.

G. Un factor a tener en cuenta es que, con efectos desde el 1 de enero de 2015,

se aplicarán bonificaciones de la cuota tributaria en la constitución y ejercicio de opción de compra en contratos de arrendamiento vinculados a determinadas operaciones de dación en pago.

No dude en ponerse en contacto con nuestro Despacho de Abogados en Marbella si tiene alguna pregunta sobre el Impuesto de transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en Andalucía o al momento de comprar una propiedad. Nuestro equipo de abogados expertos estará encantado de asesorarlo y llevar a cabo todas las gestiones y procedimientos para asistirle en compra.