Monitorio Europeo

Hoy hablaremos del monitorio europeo, procedimiento que hemos dividido en dos publicaciones, y comenzaremos analizando la primera parte. Este procedimiento nace como antecedente directo del Proyecto de Reglamento de Proceso Monitorio Europeo y del Libro Verde sobre el proceso monitorio europeo y las medidas para simplificar y acelerar los litigios de escasa cuantía presentado por la Comisión el 20 de diciembre de 2022.

Podemos decir que el procedimiento es apto para el cobro de deudas que reúnan los requisitos siguientes, que se encuentra en el artículo 4 del Reglamento sobre el Monitorio Europeo, y son los siguientes:

Dinerarias (sin límete de cuantía).

 De cantidad determinada.

 Vencidas y exiibles.

La moneda admitida es el euro y las demás monedas oficiales de los países de la UE no incluidos en la zona euro, excepto Dinamarca.

Es un procedimiento que para iniciarlo y continuar con él no se necesita prueba, se denomina “sin prueba”, si bien hay que describir las pruebas de las que nos haremos valer en el procedimiento ordinario en caso de que se ejerza oposición a la demanda de monitorio, por lo que habría que describir estas pruebas.

La solicitud tendrá un contenido mínimo, que es el siguiente:

a) Nombres y direcciones de las partes; órgano jurisdiccional al que se dirija la petición.

b) Importe de la deuda y en su caso intereses, penalizaciones y costas.

c) Si se reclaman intereses sobre la deuda, tipo de interés y período respecto del que se exijan los intereses, salvo que sean intereses añadidos de oficio por la aplicación de la Ley del foro.

d) Causa de la acción y breve descripción de las circunstancias que la fundamentan, y en su caso, de los intereses reclamados.

e) Descripción de los medios de prueba que acreditan la deuda (no es preciso su aportación, basta la descripción).

f) Criterios de competencia judicial.

g) Carácter transfronterizo de la reclamación.

En la segunda parte seguiremos analizando cómo realizar la solicitud de este procedimiento.

No dude en ponerse en contacto con nuestro Despacho de Abogados en Marbella si tiene alguna duda sobre el procedimiento monitorio. Nuestros abogados expertos en derecho civil estarán encantados de atenderle.